¿Qué pasa si la Administración no paga?
Granada Económica • Consultoría empresarial
Obras a un Ayuntamiento
María Josefa Hernández Torres (Granada)
Nuestra empresa se encuentra ejecutando una obra para un Ayuntamiento, de la cual resultamos adjudicatarios hace un año. Llevamos varios meses sin cobrar las certificaciones de obra pendientes lo que nos está causando importantes perjuicios que nos dificultan continuar, ¿qué podemos hacer ante estos impagos?
El contratista tiene derecho al abono de la prestación con arreglo al precio convenido según la Ley de Contratos del Sector Público, el contrato administrativo y pliego de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas. Si la demora fuese superior a cuatro meses, el contratista podrá proceder a la suspensión del contrato, comunicándolo a la Administración con un mes de antelación. Si es superior a ocho meses, se podrá resolver el contrato con derecho al resarcimiento de los perjuicios causados.
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