Novedades en la Declaración Anual de Operaciones con Terceros

Granada Ecónomica • Consultoría empresarial

Fiscal

Gloria (Granada)

Gloria pregunta qué novedades se han producido respecto la Declaración Anual de Operaciones con Terceros:

Según el Real Decreto 1615/2011 de 14 de noviembre se establecen las siguientes novedades:

La información de las operaciones se suministrará desglosada trimestralmente.

 

• En los casos de devoluciones, descuentos, bonificaciones, alteraciones de precio, operaciones que queden sin efecto o insolvencias, es definitiva, modificaciones de los importes de otro periodo, deberán de consignarse en el apartado correspondiente al trimestre natural en el que se produjo la modificación.

•Las entidades en régimen de atribución de rentas sólo deberán presentarla por aquellas rentas respecto de las cuales se hayan emitido facturas.

• El límite anual seguirá siendo el de 3.005, 06 € pero se modifica la fecha de presentación, que pasa de hacerse en marzo para presentarse en febrero a partir de 2013. Para 2012 se sigue manteniendo mazo como fecha de presentación.

• Respecto de las entidades inscritas en el registro de devolución mensual de IVA deberán presentar a parte del modelo 340 (declaración informativa de Libros) el 347 pero sin desglose trimestral. Ya a partir del ejercicio 2012 sólo estarán obligados a presentar el 340.

Ernesto Eseverri Quesada

Abogado

www.hispacolex.com

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