Obligaciones legales del comercio electrónico

Al igual que cualquier negocio físico está sujeto a obligaciones legales, cualquier negocio en la red igualmente está sujeto a éstas, si bien la normativa en el sector digital es tremendamente cambiante adaptándose a estos nuevos modelos de negocio para que tanto empresas como consumidores estén protegidos. Con lo que estar debidamente asesorados para ello se hace más que nunca fundamental para evitar problemas, reclamaciones y multas que podrían llegar a 600.000€ en caso de considerarse una infracción muy grave.

A todo lo anterior, debemos unirle que, entendiendo por comercio electrónico el uso de un medio electrónico para realizar transacciones comerciales, se nos abre un mercado global y de magnitud internacional delante de nosotros, con lo que tendremos que estar igualmente atentos a toda la normativa sobre fiscalidad internacional que afecta a dicho negocio, siendo además diferente el tratamiento dependiendo al tipo de comercio electrónico que desarrollamos, sea B2B,  B2C u otro.

De hecho, con la entrada de las modificaciones a la Ley de IVA en el ámbito de la UE, en vigor desde el 1 de enero de 2015, todo vendedor debe asegurarse de saber cuál es el domicilio de cada uno de sus clientes, a efectos de gravamen de IVA, además de cumplir con la obligación de almacenar la información de todas las transacciones durante diez años, entre otras particularidades.

Con respecto a la normativa a tener en cuenta por todas aquellas empresas dedicadas al comercio electrónico, tenemos principalmente la LSSI (Ley de Servicios de la Sociedad del Información) así como la LOPD (ley Orgánica de Protección de Datos), con independencia de la normativa fiscal nacional e internacional aplicable a cada caso.

Por último, en cuanto a las obligaciones legales propiamente dichas, además del cumplimiento de los requisitos de información que se establecen en la normativa vigente, la empresa de comercio electrónico tendrá la obligación de poner a disposición del destinatario antes de iniciar el proceso de contratación, y de manera permanente, fácil, clara y gratuita lo siguiente, entre otras:

•Los distintos trámites que deben seguirse para celebrar el contrato.

•Si el prestador va a archivar el documento electrónico en que se formalice el contrato y si éste va a ser accesible.

•Los medios técnicos que pone a su disposición para identificar y corregir errores en la introducción de los datos.

•Las lenguas en que podrá formalizarse el contrato.

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