El Plan de Recolocación en los despidos colectivos

El Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de Febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, entre otras cosas, refuerza los elementos sociales que deben acompañar a los despidos. En aquellos despidos colectivos que afecten a más de 50 trabajadores, la ley contempla una efectiva obligación empresarial de ofrecer a los trabajadores un plan de recolocación externa, que incluya medidas de formación, orientación profesional, atención personalizada y búsqueda activa de empleo

El Plan de Recolocación Externa (en adelante PRE) u  ‘outplacement  ’, es un procedimiento asistido de transito y gestión del cambio cuyo objetivo principal es acompañar a las personas desvinculadas de sus empresas, haciendo más llevadera y menos traumática su nueva situación profesional. 

Actualmente son cada vez más las empresas que por fusiones o adquisiciones, reestructuración y reorganización empresarial, reducción de coste, externalización de servicios o situación transitoria de crisis despiden a personal y, aún sin estar obligadas legalmente a desplegar un Plan de Recolocación Externo, por Responsabilidad Social Empresarial (RSS) contratan uno. 

Con esta medida están proyectado que la empresa se preocupa por el futuro de las personas que despide suavizando el impacto de este en la reputación e imagen de la empresa. También el PRE contribuye a atenuar los sentimientos negativos generados por presión psicológica sobre los directivos gestores del despido, mitiga la incidencia negativa sobre el clima laboral y reduce el número de Juicios Laborales (un empleado despedido que recibe ayuda por parte de su antiguo empleador, tiene menos interés en iniciar acciones legales). 

Al  trabajador despedido el PRE le ayuda a comprender y suavizar el impacto del desempleo, recibiendo por parte de un Coach de Transición Laboral un acompañamiento en el proceso de búsqueda de trabajo o de reorientación de los objetivos profesionales. Se trata guiar a los usuarios del PRE hacia aquellos puestos y compañías target donde mejor pueda encajar su perfil, realizando así una completa recolocación profesional. 

El PRE para que sea efectivo, deberá contener medidas adecuadas a su finalidad: 

– De atención personalizada, destinadas al asesoramiento de los trabajadores respecto de todos los aspectos relacionados con su recolocación, en especial, en lo concerniente a la búsqueda activa de empleo. (Consultoría).

– De orientación profesional, identificación del perfil profesional de los trabajadores para la cobertura de puestos de trabajo en las posibles empresas destinatarias de la recolocación. (Consultoría). 

– De intermediación,  puesta en contacto de las ofertas de trabajo existentes en otras empresas con los trabajadores afectados por el despido en función de su objetivo profesional. (Prospección). 

– De formación profesional , mejora de la capacitación de los trabajadores para el desempeño de las actividades laborales en función de las exigencias del mercado laboral actual. (Mejora cualificación). 

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